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Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; Deontología-->SecretoProfesional; Deontología-->LealtadYProbidad; Deontología-->Independencia; Probidad-->ConflictosInterés; Honorarios-->CuotaLitis; Honorarios-->ArancelMínimo;
Concepto de Deontología

Rama de la ética que trata sobre la moral, principios y deberes que rigen la conducta de los profesionales del derecho en el ejercicio de su labor.

Secreto Profesional

Obligación e inderogable del abogado de guardar confidencialidad sobre la información confiada por el cliente. Solo cede para evitar daños inminentes o por defensa propia.

Deber de Lealtad y Probidad

El abogado debe actuar con honestidad y buena fe hacia su cliente, jueces y contraparte, evitando cualquier tipo de fraude procesal, mentiras o uso de pruebas que sepa son falsas.

Independencia Profesional

Garantiza que el profesional actúe libre de presiones, manteniendo la dirección técnica del caso incluso frente a instrucciones irrazonables de su propio cliente.

Conflicto de Intereses

Prohibición de representar a partes con intereses contrapuestos en un mismo asunto o usar información de exclientes en su contra.

Honorarios y Cuota Litis

El cobro debe ser proporcional y respetar el Arancel Mínimo. El pacto de Cuota Litis (cobrar porcentaje del éxito) está permitido con límites para evitar la usura.

Derecho Administrativo

Derecho Administrativo

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; AdminPública-->Legalidad; Legalidad-->ActoAdministrativo; ActoAdministrativo-->Ejecutoriedad; ActoAdministrativo-->Nulidad; Nulidad-->Absoluta; Nulidad-->Relativa; Procedimiento-->SilencioPositivo; Procedimiento-->SilencioNegativo;
Principio de Legalidad

Toda actuación o conducta de la administración pública debe estar autorizada por el ordenamiento jurídico de forma expresa o razonablemente implícita. Implica la sumisión absoluta del acto a la norma.

Autotutela Administrativa

Los actos de la administración se presumen válidos y pueden ser impuestos a los ciudadanos incluso coactivamente, sin necesidad del concurso de los tribunales o consentimiento previo.

Acto Administrativo

Es la manifestación unilateral del Estado en ejercicio de la potestad administrativa que produce efectos jurídicos concretos o generales. Debe contener elementos como competencia, motivo, contenido, fin y procedimiento.

Ejecutoriedad del Acto Administrativo

Es la potestad de la administración de ejecutar por sí misma, sin recurrir a los tribunales, los actos administrativos eficaces y válidos. Puede realizarse mediante ejecución forzada o sustitutiva.

Nulidad Absoluta

Ocurre cuando faltan totalmente uno o varios elementos constitutivos del acto, real o jurídicamente. Tiene efecto declarativo y retroactivo, y no puede arreglarse por saneamiento ni convalidación.

Nulidad Relativa

Se da cuando los elementos constitutivos del acto son imperfectos, pero no impiden la realización del fin. Se presume legítimo mientras no se declare lo contrario y produce efectos solo para el futuro. Puede ser saneado o convalidado.

Silencio Administrativo Positivo

Se aplica en solicitudes de permisos, licencias y autorizaciones. Si tras un mes de recibida la solicitud la administración no resuelve, se tiene por aprobada y no puede dictarse acto denegatorio posterior.

Silencio Administrativo Negativo

Regla general donde el silencio de la administración no expresa voluntad salvo que la ley disponga lo contrario. Se entiende rechazada la solicitud al transcurrir el plazo legal, usualmente 2 meses.

Procedimiento Ordinario

Procedimiento que se aplica cuando el acto final puede causar un perjuicio grave al administrado o cuando hay contradicción de interesados. Incluye comparecencia oral y privada para recibir prueba.

Vías de Hecho

Son actuaciones materiales de la Administración que no están fundadas en un acto administrativo previo y eficaz. Representan una ejecución irregular o atentado a derechos fundamentales sin base legal.

Delegación de Competencia

Todo servidor puede delegar sus funciones propias en su inmediato inferior, cuando tengan funciones de igual naturaleza. No puede ser revocada por quien la confirió ni pueden delegarse potestades ya delegadas.

Avocación

Es la potestad del superior jerárquico de asumir la decisión de asuntos que corresponden a su inmediato inferior, siempre que no haya recurso jerárquico contra la decisión de este.

Derecho Civil

Derecho Civil

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; Persona-->Física; Persona-->Jurídica; Física-->Capacidad; Capacidad-->Goce; Capacidad-->Actuar; Derecho-->Reales; Derecho-->Obligaciones; Obligaciones-->Contratos; Derecho-->Sucesiones;
Capacidad Jurídica

Atributo inherente a las personas durante su existencia que se divide en capacidad de actuar y de goce.

Persona Física

Inicia al nacer viva, considerándose nacida para lo que le favorezca 300 días antes de su nacimiento, y termina con la muerte.

Derechos de la Personalidad

Conjunto de derechos inalienables que protegen la integridad física, imagen, nombre, vida, honor e intimidad del individuo.

Ausencia y Presunción de Muerte

Estados jurídicos declarados ante la desaparición prolongada de una persona para proteger y administrar sus bienes.

Prescripción

Mecanismo por el cual se adquiere la propiedad de una cosa (positiva) o se extingue una acción o derecho (negativa) por el paso del tiempo.

Caducidad

Extinción de un derecho por el simple transcurso del tiempo legalmente determinado, sin posibilidad de ser interrumpida.

Obligaciones

Vínculo jurídico compuesto por sujeto, objeto y causa justa, mediante el cual se debe dar, hacer o no hacer una cosa.

Contratos

Acuerdo de voluntades que crea obligaciones, exigiendo para su validez capacidad, legitimación, objeto lícito y consentimiento libre de vicios.

Derechos Reales

Poder jurídico que se ejerce directamente sobre un bien (como la propiedad o el usufructo), oponible a terceros (erga omnes).

Sucesiones

Transmisión del patrimonio (bienes, derechos y obligaciones) de una persona a sus herederos, la cual se apertura a partir de su muerte.

Derecho Comercial

Derecho Comercial

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; Comerciante-->Físico; Comerciante-->Sociedades; Sociedades-->Anónima; Sociedades-->ResponsabilidadLimitada; Obligaciones-->Solidaridad; Contratos-->Fideicomiso; TítulosValores-->Nominativos; TítulosValores-->AlPortador;
Jerarquía de las Fuentes

El derecho comercial se rige por las leyes comerciales, el Código Civil, los usos y costumbres (donde la costumbre local prima sobre la nacional, y la especial sobre la general) y los Principios Generales del Derecho.

Definición y Capacidad de Comerciantes

Son comerciantes las personas con capacidad jurídica que ejercen en nombre propio actos de comercio, así como las sociedades mercantiles, empresas individuales de responsabilidad limitada y sucursales extranjeras que operen en el país.

Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

Las sociedades mercantiles y fiduciarios están obligados a registrar ante el Banco Central a sus accionistas o beneficiarios hasta identificar a la persona física que tiene el control o influencia sustantiva final.

Disolución y Liquidación de Sociedades

Las sociedades se disuelven por causales como el vencimiento del plazo, la pérdida del 50% del capital social o por acuerdo de los socios. Tras disolverse, mantienen su personalidad jurídica exclusivamente para efectos de su liquidación.

Sociedad de Responsabilidad Limitada

En la SRL, los socios responden únicamente por sus aportes. Su capital social se divide en cuotas nominativas que no pueden transmitirse mediante endoso, requiriendo un proceso de cesión con el consentimiento de los demás socios.

Sociedades Anónimas: Capital Social

En la Sociedad Anónima los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. El capital está representado por acciones y se requiere un mínimo de dos socios fundadores para su constitución mediante escritura pública.

Naturaleza de las Acciones

Las acciones son títulos de valor indivisibles y nominativos que acreditan la calidad de socio. Su emisión sin valor nominal está prohibida y su transmisión requiere endoso o cesión inscrita en el registro de accionistas.

Solidaridad en el Derecho Mercantil

Los codeudores y fiadores en materia mercantil son solidarios por defecto. El fiador solidario no puede invocar el beneficio de excusión frente al acreedor.

El Fideicomiso

Contrato mediante el cual un fideicomitente transfiere facultades sobre bienes a un fiduciario para que los administre o emplee en fines lícitos predeterminados, en favor de un fideicomisario.

Títulos Valores: Principios

Son documentos necesarios para legitimar el ejercicio de un derecho literal y autónomo en ellos incorporado. Se fundamentan en los principios de incorporación, literalidad, autonomía, legitimación y circulación.

Clasificación por su Circulación

Se dividen en Nominativos (requieren inscripción en registro y endoso), a la Orden (se transmiten por endoso incondicional) y al Portador (se transmiten por simple entrega material o tradición del documento).

Plazos de Prescripción Comercial

En materia comercial la prescripción ordinaria es de 4 años. Sin embargo, prescriben en 1 año las acciones para cobrar intereses, alquileres y las relativas a responsabilidades de administradores o nulidad de asambleas.

Derecho Constitucional

Derecho Constitucional

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; SalaConstitucional-->ControlConcentrado; Garantías-->Amparo; Garantías-->HabeasCorpus; Principios-->Irretroactividad; Principios-->ProHómine; DebidoProceso-->Inocencia; DebidoProceso-->TutelaEfectiva;
Objeto de la Sala Constitucional

La función principal de la Sala Constitucional es garantizar la supremacía de las normas y principios constitucionales, así como del Derecho Internacional, protegiendo los derechos y libertades fundamentales de las personas.

Modelo Constitucional Concentrado

Sistema de justicia donde el control de constitucionalidad recae y es ejercido exclusivamente por un tribunal especializado, que en el caso costarricense es la Sala Constitucional.

Principio de Legalidad

Regla esencial del Estado de Derecho que dicta que la Administración Pública solo puede realizar aquellas acciones expresamente permitidas por la ley, mientras que los particulares pueden hacer todo lo que no esté expresamente prohibido.

Principio de Irretroactividad

Garantía jurídica que establece que las leyes y normas solo tienen efecto hacia el futuro y no pueden afectar situaciones jurídicas ya consolidadas en el pasado.

Principio Pro Hómine

Criterio hermenéutico que obliga a los jueces y autoridades a preferir e interpretar la norma de la manera que brinde la mayor protección posible a la persona humana.

Cosa Juzgada Material

Es el estado jurídico inalterable de un asunto que ya ha sido resuelto en una sentencia firme, lo que impide que la misma disputa vuelva a ser objeto de un proceso judicial.

Control de Convencionalidad

Obligación de las autoridades estatales de asegurar que las normas nacionales y los actos gubernamentales respeten y se alineen con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte IDH.

Principio de Inocencia

Garantía fundamental según la cual toda persona se presume inocente y no puede ser detenida ni tratada como culpable sin que exista un indicio comprobado y una orden escrita de un juez competente.

Recurso de Hábeas Corpus

Mecanismo jurisdiccional diseñado para salvaguardar la libertad de movimiento y la integridad personal frente a restricciones arbitrarias o ilegítimas de cualquier autoridad.

Recurso de Amparo

Instrumento legal que protege todos los demás derechos y libertades fundamentales no cubiertos por el Hábeas Corpus, procediendo contra acciones u omisiones que los violen o amenacen.

Presupuesto de la República

Instrumento que establece el límite de acción de los Poderes Públicos para el uso y disposición de los recursos del Estado, conteniendo todos los ingresos probables y gastos autorizados para un año económico.

Derecho a la Tutela Judicial Efectiva

Derecho inalienable de toda persona a acceder a los tribunales de justicia para plantear sus reclamos y a obtener una resolución judicial que proteja sus derechos de manera pronta y cumplida.

Derecho de Familia

Derecho de Familia

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; Familia-->Matrimonio; Familia-->UniónDeHecho; Matrimonio-->BienesGananciales; Matrimonio-->Divorcio; Familia-->Filiación; Filiación-->ResponsabilidadParental; Filiación-->Alimentos;
Concepto de Derecho de Familia

Rama jurídica que regula las relaciones personales y patrimoniales familiares entre sí y respecto a terceros. Es parte del derecho civil y su eje principal es la familia, la filiación y el matrimonio.

Estado de Familia

Situación jurídica de una persona en relación con la familia (soltero, casado, viudo, divorciado) y con determinadas personas como cónyuge, conviviente, pariente o extraño.

Violencia Doméstica

Cualquier acción u omisión, directa o indirecta, contra un pariente por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado, que menoscabe su integridad física o psicológica.

Interés Superior del Menor

Principio rector que exige considerar al menor como sujeto de derechos y responsabilidades, valorando su edad, madurez, condiciones socioeconómicas y su bienestar individual y social en toda decisión.

Fines del Matrimonio

El matrimonio tiene como propósitos esenciales la vida en común, la cooperación y el mutuo auxilio. Cualquier condición o pacto contrario a estos fines se considera nulo.

Unión de Hecho

Convivencia pública, notoria, única y estable por más de dos años entre personas con aptitud legal para casarse. Surte todos los efectos patrimoniales de un matrimonio formalizado.

Bienes Gananciales

Derecho de cada cónyuge a participar en la mitad del valor neto de los bienes adquiridos durante el matrimonio (salvo herencias o donaciones), derecho que nace al presentarse la demanda de divorcio.

Separación Judicial

Proceso que genera efectos patrimoniales y de guarda similares al divorcio, pero sin disolver el vínculo matrimonial, por lo que subsiste el deber de fidelidad y mutuo auxilio.

Responsabilidad Parental

Conjunto de derechos y obligaciones irrenunciables que tienen los padres para regir, educar, administrar los bienes y representar legalmente a sus hijos menores de edad.

Obligación Alimentaria

Deber incompensable e irrenunciable de proveer sustento, habitación, vestido, salud y educación, calculada según la capacidad económica del alimentante y las necesidades del beneficiario.

Derecho Laboral

Derecho Laboral

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; PrincipioProtector-->InDubio; PrincipioProtector-->NormaFavorable; Contrato-->Subordinación; Contrato-->Remuneración; Jornadas-->Ordinaria; Jornadas-->Extraordinaria; Terminación-->ConResponsabilidad; Terminación-->SinResponsabilidad;
Principio Protector

Busca compensar la situación de desventaja del trabajador. Se manifiesta a través del in dubio pro-operario (interpretación de la norma), la aplicación de la norma más favorable y el respeto a la condición más beneficiosa.

Irrenunciabilidad de Derechos Laborales

Consiste en la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de las ventajas y derechos mínimos concedidos por la legislación al trabajador.

Primacía de la Realidad

Principio fundamental que establece que en caso de discordancia entre los documentos escritos (contratos) y la práctica diaria, siempre prevalecerá la realidad de los hechos.

Elementos Constitutivos del Contrato de Trabajo

Para que se configure una relación laboral plena, deben existir tres elementos esenciales: prestación personal del servicio, remuneración económica y subordinación jurídica (dependencia y permanencia).

Jornada Ordinaria y Extraordinaria

La jornada ordinaria no puede exceder los límites legales (8 horas diurna, 6 nocturna, 7 mixta, con máximo 48 semanales). La extraordinaria se paga con un 50% de recargo y la suma de ambas no debe superar las 12 horas diarias.

Ius Variandi

Facultad unilateral del patrono para modificar condiciones no esenciales del contrato de trabajo. Si resulta abusivo y perjudica al empleado, este puede dar por terminado el contrato con responsabilidad patronal.

Liquidación Laboral (Auxilio de Cesantía)

Indemnización en caso de despido injustificado (con responsabilidad patronal). Se calcula sobre la base de los últimos 6 salarios y goza de un privilegio especialísimo de inembargabilidad, salvo por pensiones alimenticias.

Fueros Especiales de Protección

Garantías de estabilidad laboral que impiden despidos libres o arbitrarios. Protegen especialmente a mujeres en embarazo o lactancia, adolescentes, dirigentes sindicales y denunciantes de hostigamiento.

Libertad y Autonomía Sindical

Derecho de patronos y trabajadores a constituir organizaciones con estatuto propio. Permite tomar decisiones colectivas libres de injerencia o intervención por parte del Estado o del patrono.

Huelga (Legal e Ilegal)

Suspensión pacífica de labores. Para ser legal debe agotar vías de conciliación. Es ilegal si bloquea vías, si se da en servicios públicos esenciales (salud, seguridad) o si obedece a fines políticos.

Convenciones Colectivas

Acuerdos normativos celebrados entre sindicatos y patronos que reglamentan las condiciones laborales y tienen fuerza de ley profesional en la empresa o industria donde se apliquen.

Distribución de la Carga de la Prueba

En un juicio, le corresponde al patrono demostrar aspectos clave como la fecha de ingreso, antigüedad, justificación del despido, entrega de la carta de cese y pago de rubros salariales y vacaciones.

Derecho Penal

Derecho Penal

Mapa Conceptual: Estructura General
graph TD; Delito-->Tentativa; Delito-->Consumación; Delito-->Tipicidad; Tipicidad-->Objetiva; Tipicidad-->Subjetiva; Delito-->Antijuridicidad; Antijuridicidad-->CausasJustificación; Delito-->Culpabilidad; Culpabilidad-->CausasExculpación;
Diferencia entre Delito y Contravención

El delito es una falta a disposiciones penales de mayor gravedad que conlleva una sanción más severa, como la cárcel. La contravención es de menor gravedad y su punición es más leve, como una multa.

Aplicación Territorial y Extraterritorial

La ley penal se aplica a delitos cometidos en el territorio nacional o en naves costarricenses (territorialidad), y puede extenderse a delitos cometidos en el extranjero (extraterritorialidad) si atentan contra la seguridad del Estado o producen resultados en el país.

Consecuencias Civiles del Hecho Punible

Todo delito acarrea responsabilidad civil, lo que implica la obligación de restituir los bienes afectados, indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados, e incluye el comiso a favor del Estado de los instrumentos del delito.

Tipicidad Subjetiva y Objetiva

Para que un hecho sea típico debe encuadrar en un tipo penal (objetiva) y cometerse con dolo, culpa o preterintención (subjetiva). El error de tipo sobre los elementos del delito elimina el dolo.

Causas de Justificación

Son situaciones que eliminan la antijuridicidad de una conducta típica, haciendo que el acto sea lícito. Incluyen el cumplimiento de un deber, el estado de necesidad para evitar un mal mayor y la legítima defensa ante una agresión ilegítima.

Causas de Exculpación

Son circunstancias que eliminan la culpabilidad del sujeto, impidiendo que se le imponga una pena. Destacan el error de prohibición, la inimputabilidad, la obediencia debida y actuar bajo coacción o amenaza grave.

Ausencia de Conducta

Se da cuando la persona actúa sin voluntad ni dominio sobre su cuerpo, operando como eximentes de responsabilidad. Ejemplos son la fuerza física irresistible, los movimientos reflejos y los estados de inconsciencia.

Tentativa

Ocurre cuando se inician los actos de ejecución de un delito, pero este no se consuma por causas ajenas a la voluntad del autor. Se divide en acabada (delito frustrado), inacabada (desistimiento) e inidónea (delito imposible).

Concurso de Delitos

Situación donde convergen múltiples delitos. En el concurso ideal, una sola acción constituye varios delitos; en el material, un mismo autor comete varios delitos independientes, sumándose las penas con un límite máximo.

Tipos de Penas

Las sanciones penales incluyen penas privativas de libertad como la prisión (máximo 50 años) y el arresto domiciliario, así como otras sanciones como la multa, la inhabilitación para cargos públicos y el extrañamiento para extranjeros.